¿Han de participar los locales comerciales en las reparaciones de la finca?

Para determinar si los locales están obligados a participar en las reparaciones de la finca debe consultarse si en los Estatutos existe alguna referencia a esta cuestión.
Para determinar si los locales están obligados a participar en las reparaciones de la finca debe consultarse si en los Estatutos existe alguna referencia a esta cuestión.
Si se produce entre propietarios de la misma finca habrá que revisar si este punto aparece contemplado en los estatutos de la comunidad de propietarios. Para cualquier otro caso será necesario recurrir al Código Civil, ya que no es una consulta propia del régimen de propiedad horizontal
La restricción de los derechos de los propietarios que se encuentren en situación de impago de cuotas comunitarias está recogida en la LPH.
El reglamento de régimen interior de las comunidades de vecinos regula, limita e indica el correcto uso de los servicios, funcionamiento de la Comunidad y convivencia de los propietarios.
Los Estatutos completan el título constitutivo de la Comunidad de Propietarios, pero no son obligatorios y, por supuesto, un gran número de comunidades carecen de ellos.
Esta nueva obligación tributaria aparece recogida en el Real Decreto 828/2013, publicacdo en el BOE el 26/10/2013.
Los trasteros, al igual que las viviendas y locales, son propiedades privadas.
Cualquier persona puede desarrollar la función de administrador de fincas, pero, dado que su labor es fundamental para el correcto funcionamiento de la comunidad de propietarios, es recomendable elegir un profesional cualificado.
Los acuerdos de la Comunidad deben siempre respetar las leyes vigentes.
La elección de presidente en la comunidad de propietarios está regulada por el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal
El vallado perimetral de la finca y la instalación de portero automático tienen como finalidad el control de los accesos a la propiedad vecinal.
El artículo 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que los vecinos que en el momento de iniciarse la Junta de Propietarios no se encontrasen al corriente de pago de todas las deudas vencidas con la comunidad podrán participar en sus deliberaciones.
Para evitar situaciones de privilegio en las comunidades, cada propietario tiene derecho a un solo voto.
A partir del 24 de noviembre de 1994 todos los gastos repercutibles deben aparecer en el contrato de arrendamiento.
Los libros de actas agrupan las actas, las cuales se encuentran custodiadas por el administrador, quien no tiene obligación de llevarlas a las juntas de vecinos.
En dichas actas quedan reflejados los acuerdos tomados por los propietarios en Junta y es firmada por el secretario y debe contar con el visto bueno del presidente de la comunidad.