¿Cuáles son los derechos de un inquilino en la comunidad de propietarios?
Cuando una vivienda o local es alquilado, el inquilino adquiere el derecho de uso de la propiedad y de las zonas comunes.
Cuando una vivienda o local es alquilado, el inquilino adquiere el derecho de uso de la propiedad y de las zonas comunes.
Si el servicio de administración de fincas contratado realiza con profesionalidad y eficiencia sus tareas es, sin duda, uno de los gastos más rentables que realiza la comunidad de vecinos.
Sí, es posible alquilar la vivienda destinada a portería en una comunidad de propietarios, pero para ello se requiere el acuerdo de la mayoría cualificada en el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
En ocasiones, el sector de administración de fincas resulta opaco y poco transparente, y la mala praxis existe tanto entre administradores colegiados como no colegiados.
La junta de propietarios podrá exigir la responsabilidad del presidente por una actuación culpable o negligente en el ejercicio de su cargo y, sólo en el caso de que la junta no tomase las correspondientes acciones, podría realizar una acción individual el propietario afectado.
Las comunidades de propietarios, al estar tratando datos personales de los propietarios e, incluso, de los inquilinos (nombres y apellidos, direcciones, DNI, cuentas bancarias, etc), están obligadas a cumplir la LOPD.
Las atribuciones del presidente y del vicepresidente deben ser concedidas por la junta de propietarios y reflejadas en el acta. Y, por esta razón, varían en cada comunidad de propietarios.
Deben consultarse los estatos de la comunidad de propietarios y su reglamento de régimen interior para comprobar que en ellos no exista limitación a esta capacitación.
Las mayorías necesarias previstas para cada caso se encuentran recogidas en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.
En el artículo 9.1.c de la Ley de Propiedad Horizontal se establece la obligación de cada vecino de contribuir a los gastos comunes que no sean susceptibles de individualización.
La Comunidad de Madrid concedió ayudas a la instalación de ascensores a partir del año 2007 hasta 2012 por el 70% del presupuesto, con limitación de un máximo de 50000 € y habiendo realizado previamente la instalación.
Si se produce entre propietarios de la misma finca habrá que revisar si este punto aparece contemplado en los estatutos de la comunidad de propietarios. Para cualquier otro caso será necesario recurrir al Código Civil, ya que no es una consulta propia del régimen de propiedad horizontal
La restricción de los derechos de los propietarios que se encuentren en situación de impago de cuotas comunitarias está recogida en la LPH.
El reglamento de régimen interior de las comunidades de vecinos regula, limita e indica el correcto uso de los servicios, funcionamiento de la Comunidad y convivencia de los propietarios.
Los trasteros, al igual que las viviendas y locales, son propiedades privadas.