¿Cuáles son las funciones del administrador de fincas?
Si bien la profesión de administrador de fincas queda regulada en el art. 20 LPH y por normas de los diferentes colegios profesionales, Casaminium ofrece una serie de valores adicionales a los ya establecidos tradicionalmente. Entendemos que, hoy en día más que nunca, las comunidades de propietarios demandan servicios profesionales transparentes y comunicativos.
"Corresponde al administrador:
- Velar por el buen régimen de la casa.
- Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
- Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
- Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
- Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta."