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Jerarquia-normas-propiedad-horizontal

Orden jerárquico de las normas de la propiedad horizontal

Las normas que regulan la propiedad horizontal están agrupadas en niveles jerárquicos, siendo las de nivel superior de mayor rango que las de niveles inferiores y, además, estas últimas no pueden entrar en contradicción con las primeras.

Niveles jerárquicos:

1.- Artículo 396 del Código Civil y Ley de la Propiedad Horizontal.

Este grupo de normas está fuera de la capacidad de decisión de los ciudadanos, su elaboración depende del Parlamento de la Nación y constituyen las normas de derecho necesario, debiendo ser atendidas, inexcusablemente, por los ciudadanos.

2.- Título Constitutivo y Estatutos de la comunidad de propietarios.

Mediante el Título Constitutivo el promotor de la edificación acude al notario y otorga una escritura de División Horizontal a tenor de la cual independiza cada uno de sus elementos (viviendas, locales, plazas de garaje, etc.).

El Título Constitutivo describirá el inmueble en su conjunto con sus servicios e instalaciones y cada propiedad individualizada (superficie, linderos, planta, anejos, etc.), asignándola un número correlativo. Además, necesariamente, se fijará la cuota de participación que corresponda a cada propiedad.

El otorgamiento de los Estatutos es una facultad de los interesados sin la obligación de hacerla efectiva, razón por la que los Estatutos pueden o no existir.

En la mayorìa de los casos, los Estatutos están integrados físicamente en el Título Constitutivo y aparecen en la misma escritura, pero nada impide que se formalicen en un documento privado.

3.- Reglamento de régimen interior y acuerdos de las Juntas de Propietarios.

El Reglamento de regimen interior regula los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y elementos comunes.

Los acuerdos tomados en Junta de Propietarios decide, ocasionalmente, sobre aspectos concretos de trascendencia comunitaria, obligando a los comuneros con carácter temporal o permanente y mientras el acuerdo no sea revocado.