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Cartel-fachada-comunidad-vecinos

¿Puedo colocar un cartel con mi actividad profesional en la fachada del edificio?

Los bajos destinados a locales comerciales podrán colocar carteles publicitarios de su actividad siempre que éstos no excedan los límites del local, no perjudiquen a otros propietarios, ni a la integridad del edificio.

Para la colocación de cualquier otro cartel en la fachada del edificio de una comunidad de vecinos hay que comprobar que las normas del Ayuntamiento lo permitan y contar con la aprobación en Junta de su instalación, la cual podría ir asociada una contraprestación económica por parte del solicitante.