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Convenio-fincas-urbanas-Madrid

Convenio colectivo de empleados de fincas urbanas de Madrid

Este convenio establece las normas mínimas que deben regir, dentro de la Comunidad Autónoma de Madrid, las relaciones de trabajo entre los propietarios de fincas urbanas y los empleados a su servicio.

Las fincas urbanas pueden tener distintos usos, formas y destinos y regirse con regímenes legales diferentes:

  • Propiedad horizontal. Comunidades de propietarios y cooperativas.
  • Propiedad vertical. Propietario individual.

El convenio fue publicado en 2002 y, aunque su vigencia era hasta el 31 de diciembre de 2003, se prorroga anualmente en sus propios términos hasta la entrada en vigor del nuevo convenio.

En 2004 se publicó en el BOCAM una actualización con revisión salarial.

El presente convenio establece, entre otros, los siguientes puntos:

  • Organización del trabajo.
  • Clasificación y funciones del personal.
  • Ingresos, contratos, período de prueba, supresión del servicio y extinción del contrato de trabajo.