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Limitacion-mandatos-presidente-comunidad

¿Puede limitarse el número de veces que se nombre al mismo propietario presidente?

Dado que la Ley de Propiedad Horizontal sólo limita el tiempo mínimo de duración del nombramiento, si el acuerdo no afecta a los Estatutos comunitarios, la Junta de Propietarios podrá acordar, por mayoría simple, que para la presidencia, o cualquier otro órgano de gobierno de la comunidad, sólo pueda realizarse uno o un número determinado de nombramientos consecutivos que recaigan en la misma persona.