¿Puede la Comunidad decidir que su documentación no sea custodiada por el administrador de fincas?
La Junta de Propietarios es el órgano soberano dentro de la Comunidad de Propietarios y quien puede decidir sobre la custodia de su documentación.
Si bien, suele corresponder al administrador de fincas la custodia de toda esta documentación, la Comunidad, como propietaria de la misma, puede acordar en Junta de Propietarios su archivo dentro de la finca (o en cualquier otro lugar) y la/s persona/s encargada/s de su custodia.
Existen comunidades de propietarios que, normalmente debido a su tamaño, acuerdan dotar a sus instalaciones de despacho y archivo para uso del administrador de fincas, teniendo así la propiedad la obligación de custodia de toda la documentación.
En cualquier caso, siempre deberá respetarse la Ley de Protección de Datos.