Responsabilidades en las comunidades de propietarios
La responsabilidad puede recaer, dependiendo el caso, en el propietario, el inquilino, la comunidad, el administrador o, incluso, el constructor o arquitecto.
En aquellos casos en que no pueda determinarse el culpable concreto será el conjunto de la comunidad de propietarios quien responderá de los problemas.
Es conveniente contratar un seguro multirriesgo de comunidad que, como mínimo, contenga las siguientes coberturas:
- Daños materiales.
- Daños estéticos.
- Robo y actos vandálicos.
- Inhabilitación del edificio, extinción de siniestros y salvamento.
- Responsabilidad civil y defensa jurídica.
El administrador de fincas podría incurrir en responsabilidad civil y penal si se demuestra que actuó de forma intencionada o negligente al supervisar y no mantener en buen estado el edificio, así como su estado de cuentas.
No recaerá ninguna responsabilidad sobre el administrador si demuestra que advirtió al presidente o a la comunidad de la existencia de averías o desperfectos peligrosos y que la comunidad se desentendió del problema.