¿Es obligatoria la inspección técnica de edificios (ITE) en todos los municipios?
Con el Real Decreto-Ley 8/2011 el Gobierno Central marca los mínimos estatales, en función de los cuales las normativas Autonómicas podrán fijar la forma, plazos y condiciones como puedan ser:
- Menor antigüedad de los edificios.
- Delimitar áreas, entornos metropolitanos y municipios de menor población.
- Estabecer excepciones del cumplimiento de la misma a determinados edificios según su tipología o su uso predominante.
Por ello, es recomendable consultar la legislación autonómica que en cada caso regula las condiciones del deber de conservación y rehabilitación de los edificios, así como la Ordenanza propia de cada municipio sobre esta obligación.