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Notificacion-vecino-moroso-comunidad-propietarios

Vecino moroso se niega a aceptar/recibir notificaciones de la comunidad. ¿Qué hacer?

La Ley de Propiedad Horizontal prevé en su artículo 16.2 que la convocatoria de la Junta de Propietarios contenga la lista de propietarios morosos privados de voto. Esta convocatoria con lista de morosos puede ser difundida en el tablón de anuncios de la Comunidad si se encuentra colocado en un lugar sin acceso por terceros, como indica la Ley de Protección de Datos.

No obstante, la difusión de la lista de propietario/s deudor/es podrá hacerse de forma accesible a terceros, sin incumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos, en el único supuesto que recoge la LPH en su artículo 9.h, segundo párrafo:

"Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto….”